El pleno del Senado de la república aprobó por unanimidad de 91 votos reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las cuales buscan fortalecer financiera y operativamente los Centros de Justicia para Mujeres. 

Entre los cambios que plantea la reforma está la definición de los Centros de Justicia para las Mujeres como espacios multidisciplinarios e interinstitucionales donde se atiende, de forma gratuita e integral, a mujeres víctimas de violencia de género, así como a sus hijas e hijos menores de edad, las 24 horas del día. 

Además, se propone la suspensión del régimen de tutela o curatela que ejerza la persona agresora; incluirá como un tipo violencia en el ámbito familiar, la ejercida por la persona que realice labores de cuidado, sin importar que tenga o no parentesco.

Asimismo, se incorpora el enfoque diferencial en las medidas de protección, ya que podrá solicitarse u ordenarse por la autoridad administrativa o jurisdiccional según corresponda, la suspensión de régimen de tutela o curatela que ejerza la persona agresora. 

Las reformas a la ley también prevén que la Secretaría de Gobernación administre y opere el Banco Nacional de Datos e Información de Casos de Violencia, con lo que se armoniza con el reglamento vigente de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se ajusta el marco normativo a la realidad, ya que esta secretaría es quien desde hace nueve años se encarga de la operación del Banco. 

De igual manera, se dan atribuciones a la Segob para promover la creación y equipamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres y para diseñar el modelo de gestión operativa de los mismos, a fin de garantizar lineamientos comunes con los que deberán operar dichos mecanismos. 

Con información de Milenio y El Universal 

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