La diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (Morena) presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa que busca regular la categoría “tener un modo honesto de vivir”, la cual es un requisito de elegibilidad a cargos de elección popular.

La iniciativa de morena pretende modificar el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) a fin de invalidar el proyecto aprobado en días pasados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, propuesto por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, en donde se vincula la difusión de propaganda gubernamental por parte de los funcionarios en tiempos de campaña con “el modo honesto de vivir”.

¿Qué aprobó el Tribunal Electoral?

Las y los magistrados del TEPJF concluyeron que la difusión de propaganda gubernamental en tiempos de veda es una conducta reprochable. Por lo que los y las personas que comentan esta falta electoral ya no cumplirían con el requisito de un modo honesto de vivir, por lo tanto, serían ilegibles para contender por un puesto de elección popular.

¿Cómo lo quiere neutralizar Morena?

La diputada argumenta que el criterio avalado por el Tribunal es discriminatorio y violaría los derechos políticos de las personas al no permitirles ser votadas. Por ello propone que la calificación sobre el “modo honesto de vivir” de una persona, sólo la puedan hacer las autoridades judiciales ordinarias, es decir por cuestiones de derecho común, penales o civiles.

La reforma de la diputada Ascencio Ortega se lee de la siguiente manera:

“En el derecho a ser votado, la calificación sobre el modo honesto de vivir de una persona, sólo la pueden hacer las autoridades judiciales ordinarias y no puede versar sobre hechos u omisiones en aspectos políticos o electorales, salvo en el caso de violencia política contra las mujeres de lo que excepcionalmente conocerá y resolverá el Tribunal Electoral”.